Según lo establecido en el artículo 53 de la Real Decreto Legislativo 3/2011 de14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
La sesión plenaria del Ayuntamiento de Granada del pasado 9 de febrero de 2012, aprobó definitivamente el Reglamento de Funcionamiento del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Granada , como órgano de carácter especializado, que actuará con plena independencia funcional, al que corresponderán las competencias de resolver los recursos y las cuestiones de nulidad, entre otras, en el ámbito del Ayuntamiento de Granada y de las entidades instrumentales de la misma que ostenten la condición de poderes adjudicadores.
Los criterios y finalidades del gobierno corporativo y la responsabilidad corporativa de Agbar en materia de compras ha fijado los Principios Generales de Compras de aplicación a todas las empresas de Agbar.